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  • Estos son los motivos legales por los que está permitido el aborto en México

    Estos son los motivos legales por los que está permitido el aborto en México

    A 15 años de que se legalizara el aborto en la CIudad de México, ésta se ha convertido en uno de los lugares más avanzados o ejemplo a seguir en temas de legislación sobre el aborto.

    Cada estado tiene diversas leyes que incluyen razones o reglas por las que está permitida la práctica del aborto, aunque en muchas sólo es posible por la causa de violación, y en el caso de Michoacán está permitido incluso por carencias económicas.

    De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), existen ocho causales de aborto legal que son: cuando el embarazo es producto de violación; cuando la vida de la mujer corre peligro; cuando la salud (física, psicológica o social) de la mujer está en riesgo; cuando el producto tiene malformaciones graves; cuando es consecuencia de un acto premeditado; cuando es producto de una inseminación artificial no consentida; por causas económicas graves, y por voluntad y/o elección.

    A continuación, en Once Noticias, te decimos cuáles son las razones señaladas en diversas leyes y códigos locales que permiten la interrupción del embarazo.

    Aguascalientes: Violación, imprudencial o culposo y peligro de muerte.

    Baja California: Violación, imprudencial o culposo, peligro de muertene e inseminación artificial no consentida.

    Baja California Sur: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Campeche: Violación, imprudencial o culposo, salud.

    Chiapas: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, y peligro de muerte.

    Chihuahua: Violación, imprudencial o culposo, salud, e inseminación atificial no consentida.

    Coahuila: VIolación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, e inseminación artificial no consentida.

    Colima: Violación alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Durango: Violación, imprudencial o culposo, y peligro de muerte.

    Estado de México: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, y peligro de muerte.

    Guanajuato: Violación e imprudencial o culposo.

    Guerrero: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencia o culposo, salud e inseminación artificial no consentida.

    Hidalgo: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, voluntad d ela mujer, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Jalisco: Violación, imprudencial o culposo, salud, y peligro de muerte.

    Ciudad de México: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, voluntad de la mujer, e inseminación artificial no consentida.

    Michoacán: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, causas económicas, imprudencial o culposo, salud, e inseminación artificial no consentida.

    Morelos: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, peligro de muerte e inseminación artificial no consentida.

    Nayarit: Violación, imprudencial o culposo, salud y peligro de muerte.

    Nuevo León: Violación, salud, y peligro de muerte.

    Oaxaca: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, voluntad de la mujer, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Puebla: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, y peligro de muerte.

    Querétaro: Violación e imprudencial o culposo.

    Quintana Roo: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo y peligro de muerte.

    San Luis Potosí: Violación, imprudencial o culposo, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Sinaloa: Violación, imprudencial o culposo y peligro de muerte.

    Sonora: Violación, imprudencial o culposo y peligro de muerte.

    Tabasco: Violación, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Tamaulipas: Violación, imprudencial o culposo, salud y peligro de muerte.

    Tlaxcala: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Veracruz: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, imprudencial o culposo, salud, voluntad de la mujer, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Yucatán: Violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, causas económicas, imprudencial o culposo, peligro de muerte, e inseminación artificial no consentida.

    Zacatecas: Violación, imprudencial o culposo, salud, y peligro de muerte.

    Fuente: GIRE