En la Ciudad de México los peatones, automovilistas y motociclistas suelen ser el sector de la población más vulnerable para verse involucrados en un hecho de tránsito, así lo detalla el Programa Integral de Seguridad Vial de la Secretaría de Movilidad Capitalina (Semovi).
De acuerdo con el análisis realizado desde 2019, estos tres rubros son más propensos a sufrir lesiones graves o fallecer debido a las condiciones físicas que sus traslados implican.
En comparación al cuarto trimestre de 2019 y 2020 del reporte de hechos de tránsito de la Semovi, la Secretaría de Seguridad Ciudadana registró un aumento en la proporción de las muertes de ciclistas que pasó de 3.6 a 5.5%; en el caso de motociclistas el aumento fue de 29.7 a 38.2%.
En conductores, aumentó de 9.9 a 14.5% y pasajeros tanto de transporte público como privado pasó de 13.5 a 15.5%.
En lo que respecta a incidentes viales que provocaron el fallecimiento de peatones, para el cuarto trimestre de 2020 se reportó una notable disminución, con un registro de 43.2 a 26.4%.
En cuanto a las edades de las víctimas por hechos de tránsito, la SSC reportó que en el cuarto trimestre de 2019 la edad media de hombres y mujeres fue de 33 años; para el cuarto trimestre de 2020, la edad promedio fue alrededor de 32 años.
También se presentó que el exceso de velocidad y conducir bajo los efectos del alcohol u otras sustancias psicoactivas aumentan la posibilidad de ocasionar accidentes vehiculares…
Sobre estas cifras, la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum pardo, presentó al congreso capitalino una iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones a la ley de movilidad de la Ciudad de México, el objetivo, disminuir los accidentes de tránsito y endurecer las sanciones a los responsables.
De acuerdo con el documento enviado al congreso local, se establece que la persona que conduzca en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga, se le multará con 15 mil 998 pesos y su auto será remitido al corralón.
otras sanciones es la pérdida definitiva de la licencia de conducir, así como la cancelación de permisos concesionarios de transporte público que ocasionen accidentes vehiculares por estado de ebriedad o por drogas, en este mismo rubro, se establece que elementos de la SSC tendrán la facultad de retirar estos documentos.
En el artículo 67 se propone darle la facultad a la secretaría de movilidad de retirar la licencia de manejo de manera definitiva a aquella persona que por segunda ocasión conduzca alcoholizado o drogado y el conductor deberá someterse a rehabilitación.