Con 80 votos a favor y 17 abstenciones, el Pleno del Senado aprobó modificar el Artículo 58 del Código Civil Federal con lo que los padres de México podrán decidir el orden de los apellidos de sus hijos recién nacidos.
La modificación a este artículo precisa que los apellidos de los hijos futuros de la misma madre y padre deberán ser asentados en el mismo orden, con el propósito de mantener un sistema que brinde seguridad jurídica a los descendientes.
El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar de nacimiento, el sexo del presentado, los nombres propios y apellidos que le correspondan en el orden de prelación que los progenitores convengan pudiendo elegir de entre los apellidos maternos y paternos”, señala la reforma avalada y enviada a la Cámara de Diputados.
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, destacó que la Constitución prevé que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrada de manera inmediata a su nacimiento.
Actualmente, dijo la senadora, el orden de los apellidos puede violentar este derecho a la igualdad y llevar a una practica discriminatoria en agravio de las mujeres, “en virtud de que los apellidos de las personas obedecen a un formalismo patriarcal que carece de toda justificación, por lo que transmite una percepción de que el hombre cuenta con una mayor jerarquía sobre las mujeres”.
La senadora Antares Vázquez Alatorre, de Morena, reiteró que la cultura patriarcal impuso que el apellido paterno debía ser siempre el primero, posteriormente algunos estados avanzaron para que primero se pusiera el de la madre, lo que no ha ocurrido en todas las entidades, por lo que con este dictamen podremos reivindicar a las mujeres que criaron solas a sus hijos.
