Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, INE, que ordena al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de hablar sobre la revocación de mandato.
En sesión privada, el pleno de la Sala Superior del Tribunal confirmó el acuerdo en el que la comisión de quejas y denuncias del instituto declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva.
Las y los magistrados consideraron infundados e inoperantes los agravios argumentados por el titular del ejecutivo federal; el vocero de la presidencia, Jesús Ramírez, y Morena, en el sentido de que la decisión de la autoridad electoral “estuvo válidamente fundamentada en un razonamiento predictivo, para inferir la comisión de conductas similares en el futuro.
Hay que recordar que el pasado 4 de febrero, el PRD denunció que derivado de diversas expresiones hechas en la conferencia matutina del pasado 2 de febrero, se incurrió en el uso indebido de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de revocación de mandato.
Solicitó que se conminara al presidente a apegarse a las disposiciones constitucionales y no promocionar el ejercicio de revocación de mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas.
En respuesta, el titular del ejecutivo, el coordinador general de Comunicación Social, el vocero del Gobierno de la República, el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales y Morena, interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE.
A propuesta del magistrado Felipe Fuentes Barrera, el tribunal electoral confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y denuncias del INE debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte del titular del ejecutivo, consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir la consulta ciudadana.
Por ello, las y los magistrados electorales de la Sala Superior confirmaron que, bajo la figura de tutela preventiva, se conminara al presidente de la República a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental, y abstenerse de promocionar el ejercicio de revocación de mandato en cualquiera de sus apariciones públicas.

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