El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 353 votos, una reforma para evitar que los delitos sexuales contra menores de edad prescriban a partir de que las víctimas cumplan 30 años de edad.
El dictamen que fue remitido al Senado de la República para su ratificación estipula que será a partir de los 30 años de edad, cuando comience a correr el plazo de prescripción de los delitos sexuales en contra de personas menores de edad, “toda vez que conforme con las reglas generales de la prescripción”.
- Se precisa, en este sentido, que, dependiendo del delito que se trate, puede existir un mínimo de 3 años y un máximo de 15, es decir, que la víctima tenga desde 33 hasta 45 años cumplidos, para que la autoridad lleve a cabo las actuaciones necesarias para el comienzo del proceso penal respectivo.
Con esta reforma, se pretende fortalecer la posición para que la víctima pueda acudir oportunamente a la justicia, para denunciar que sufrió un delito de índole sexual.
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